lunes, 30 de julio de 2007

RACIONALISMO ARMÓNICO DEFINICIÓN Y PRINCIPIOS

RACIONALISMO ARMÓNICO DEFINICIÓN Y PRINCIPIOS[1]
La razón y su ley es la facultad, fuente y autoridad en el conocimiento científico. Como tal le compete comprobar y juzgar todo lo que interesa al espíritu y afecta al corazón, sin ser intervenida ni impedida, ni turbada en sus funciones en la esfera de la ciencia por influencia, poder o fuente ajena de conocimiento. Lo que la razón demuestra conforme a sus leyes eternas, debe ser admitido en todas sus consecuencias, y si el juicio de la razón mira a nuestra libertad, debe ser cumplido fielmente, lealmente, enteramente, suceda lo que suceda. Los fieles de la razón no contradicen ni admiten, desde luego, ninguna doctrina, o sistema, u opinión extraña; la examinan según sus principios y pruebas, y la admiten hasta donde la hallan comprobada y verdadera, y no más allá, o suspenden la afirmación, donde sólo han hallado la probabilidad. Sólo en la adhesión íntima del espíritu, según pruebas ciertas, hay ciencia; fuera de este límite sólo hay opinión.
La verdad no se prueba por el número, ni se prueba por la tradición, ni se prueba por la autoridad, aunque estos principios merezcan bajo otros aspectos que el de la ciencia, respeto de parte del hombre, y muevan a comprobar con más diligente cuidado y según sus principios propios, la doctrina que ellos contradicen. La tradición, como tradición, y la autoridad como autoridad, pueden apoyar el error tanto como la verdad, sólo la demostración científica, razonada, repetida una y otra vez con ánimo recto e intención sincera, decide con interna competencia de la verdad de una doctrina y puede fundarla durablemente.
Podemos engañarnos, sin duda, y admitir como verdadero lo falso en cualquier materia o ciencia; pero esta posibilidad, que es inherente a nuestra limitación racional, no excusa el pecado contra nuestra naturaleza inteligente y racional, de negar o desesperar de la verdad, ni nos autoriza a admitir una doctrina u opinión, venga de donde viniere, sin examen previo, según las leyes de la razón (no según nuestra razón individual). El reconocimiento de nuestra limitación intelectual, que debe acompañarnos en toda obra científica, fundará en nosotros la circunspección en el examen, la modestia en nuestras convicciones, la tolerancia, la imparcialidad para con las opiniones ajenas, y la tendencia a rectificarlas por principios y medios de razón hasta donde éstos alcanzan, y no por otros principios ni medios. Toda convicción seria y leal, aunque sea errada, debe ser respetada y racionalmente examinada y discutida, que ésta es la única forma y manifestación de la ciencia y el solo medio permanente de persuasión.
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En Filosofía, profesamos el racionalismo; no un racionalismo exclusivo que niega las demás facultades y fuentes de conocimiento en el espíritu, sino un racionalismo armónico, fundado en la justa estima y justas relaciones de todas las facultades cognoscitivas del espíritu; pero todas bajo la forma, carácter y regulador unitario y permanente de la razón. Todo conocimiento que fuera inaccesible, incomprensible a la razón, por el mero hecho de ser conocimiento, sería desconforme, inadecuado a la naturaleza racional del espíritu, según ha sido creado y constituido eternamente por Dios, cuyas obras todas son pura armonía, puro concierto y ajustada relación. El racionalismo no admite ni reconoce otra limitación positiva, histórica, prescrita al pensamiento que la inherente a nuestra naturaleza racional; ni admite, ni reconoce en ningún estatuto ni poder humano el derecho de limitar, negar, torcer el uso legítimo de las facultades constitutivas del espíritu, según el decreto eterno de Dios.
El racionalismo armónico se ayuda a la vez de la crítica, para corregir el error científico y de doctrina, para fundar, desenvolver, enseñar la verdad demostrada.
El racionalismo armónico no lleva al sensualismo; esto es, a la negación de todo lo que excede o supera al sentido; ni al materialismo, como la negación del espíritu; ni al idealismo, como negación del mundo exterior; ni al fatalismo, como negación de la libertad; ni al ateísmo, como negación de Dios. El racionalismo armónico no es exclusivo, ni negativo, ni opositivo; sino que primeramente es uno, y bajo la unidad es interiormente relativo; reconoce todos los principios constitutivos del hombre y del mundo; la razón y los sentidos; las leyes y los hechos; el espíritu y la materia; el mundo espiritual y el mundo natural; lo infinito y lo finito. Su fin y su obra es reconocer inductivamente los principios, las leyes, lo infinito, y supremamente el infinito absoluto sobre lo finito; deducir sintética y metódicamente las verdades contenidas en los principios, y ordenarlas en un cuerpo de doctrina, apoyado en nuestra conciencia como punto de partida, y fundado supremamente en Dios, como el fundamento de toda realidad y el principio y ley de toda verdad conocida por el hombre. En este procedimiento y ley es científica y es demostrativa la filosofía; y en cuanto reconoce toda verdad deductivamente en un principio y verdad suprema, es sistemática y orgánica; esto es, reconoce cada verdad distinta de todas sin aislarla; distingue sin separar y refine sin confundir. El reconocimiento de Dios como el objeto de la suprema inducción racional del espíritu y el principio de todas las deducciones de una ciencia verdadera, no es el deísmo que concibe a Dios como un género y abstracción fuera del mundo, separado del mundo e incomprensible para el hombre; no es el panteísmo que confunde a Dios con el mundo, concibiendo un Dios-mundo o un mundo-Dios. El racionalismo armónico conoce a Dios como el absoluto, infinito y el ser supremo sobre el mundo; distinto como el Ser supremo del mundo que es el inferior bajo Dios, por Dios, mediante Dios. De consiguiente, Dios conoce el mundo, gobierna el mundo, guía el mundo al bien con justicia, con sabiduría, con amor, con arte divino: In Deo sumus, vivimus et movemur. Ex ipso et per ipsum et in ipso sunt omnia.
El racionalismo armónico profesa en religión y aspira a realizar, la unión viva de la humanidad y del hombre en ella con Dios como ser supremo. La religión es, pues, una relación y aspiración (en corazón, en inteligencia y en obras) fundamental y permanente de toda nuestra naturaleza finita, y señaladamente del espíritu hacia Dios, y debe ser manifestada permanente en toda la humanidad y en cada sociedad humana y por cada hombre, como hombre, en forma de culto y de fin práctico de toda la vida; para que toda nuestra actividad finita reciba en sí, según su capacidad y mérito gradual, el pensamiento y sentimiento de Dios, las inspiraciones y beneficios de Dios, y en esta aspiración y obra gradual se asemeje cada vez más a Dios y estreche con Dios en vida histórica su alianza eterna. La religión, como relación íntima, personal, e históricamente manifestarse entre el hombre y Dios, radica principalmente en la conciencia, y puede y debe ser libre, y perfectible como toda la naturaleza del espíritu; no obligada, ni violentada, ni impuesta por estatutos históricos; debe poder manifestarse como toda la naturaleza racional, en unidad de esencia y variedad de formas; debe, en su manifestación histórica (como profesión de fe religiosa), poder ser examinada, rectificada, mejorada; pero es siempre respetable cuando es sincera, seria y verdadera en el hombre, pues que la religión expresa las más íntimas, las más profundas y trascendentales relaciones de que nuestra naturaleza racional es capaz; y a esta relación y asunto debe, pues, aplicar el hombre el más serio y vivo interés, la atención más diligente y constante por toda su vida, para confirmarse en su profesión religiosa, y mejorarla y progresar en ella, o para rectificarla y reformarla, viviendo en consecuencia con ella. La piedad, pues, según este sentido religioso, consiste en una vida pura y sin mancha, en un espíritu elevado, un corazón noble, en una voluntad recta, guiada por el amor desinteresado hacia todos los hombres, y hacia Dios como ser supremo y bienhechor; en santificar el trabajo que nos pone en comercio activo y proporcionado a todas nuestras restantes fuerzas y fines con el mundo natural, y el espiritual por causa de Dios, y para merecer ante Dios y ennoblecer la naturaleza hasta convertirla en un templo y semejanza de Dios; en santificar, honrar, cultivar la ciencia y el arte como los medios de elevarnos a Dios, mediante el espíritu, en armonía virtual y en mutuo auxilio con la religión; en mirar la vida entera de la humanidad, de sus sociedades y sus individuos (en orgánica relación y acción), como un orden eterno e histórico de salvación para todos los seres racionales, los cuales todos, sin distinción de razas y cultos, están destinados por Dios, y llegarán, en la plenitud de la vida histórica, y purgados de sus faltas, a realizar su destino religioso, según el decreto de Dios, y según el mérito y capacidad de nuestra naturaleza.
La religión debe ser ilustrada por la ciencia y vivificada por el amor y las buenas obras.
La religión será tanto más pura cuanto más claro sea el conocimiento de Dios y más íntimo y vivo sea el amor de Dios. Bajo la unidad y la armonía fundamental de nuestra naturaleza, la religión debe ser practicada en armónica relación y concierto con todas las facultades del espíritu y con todas las fuerzas y direcciones de la actividad humana; no con negación, ni exclusión, ni degradación de ninguna facultad ni actividad. Rechazamos, pues, el antropomorfismo, el oscurantismo, el fanatismo y la superstición, y condenamos los cultos, las prácticas y prescripciones contrarias a la moral, al derecho y a la razón.
La fe, como la religión, descansa en principios y en razón, y a ésta debe conformarse. La fe se refiere, no a las verdades generales que todos pueden percibir y comprender, si están bastante preparados, sino a los hechos y actos particulares de la vida; y aplicada a la vida religiosa, no mira a los atributos de Dios, sino a los decretos de su providencia. La fe ciega, sin regla y sin motivos, es una renegación del pensamiento y de la libertad; esto es, la degradación del espíritu humano.
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En Moral, reconocemos como consecuencia y aplicación de la metafísica, el principio de obrar el bien por el bien como ley de Dios y para asemejamos a Dios. En este principio hallamos la luz de nuestra vida, el carácter inviolable de nuestra dignidad racional, y la prenda y promesa de nuestro destino eterno.
El destino del hombre consiste en desenvolverse en la totalidad de sus facultades y de sus relaciones con todos los seres, en perfeccionarse como espíritu y como cuerpo, como inteligencia, como sentimiento y como voluntad, como imaginación y como razón, refiriendo y concertando continuamente estas facultades en la conciencia, para realizarlas en justa proporción, en armonía de todas con todas, expresando de este modo en la esfera finita una imagen de la armonía absoluta de la vida divina. Este destino sólo se cumple parcialmente en la tierra, y sólo es completado en la infinidad del tiempo. Se impone constantemente a nuestra voluntad como un deber, o como una necesidad moral inherente a la naturaleza humana. Profesamos, pues, el culto del deber, como ley universal del orden moral, que obliga a todos los hombres, en todo tiempo y por todo lugar; que manda el sacrificio y la propia abnegación ante el bien de la patria y el de la humanidad; el amor a todos los hombres, amigos o enemigos, conciudadanos o extranjeros, pobres o ricos, incultos o cultos, buenos o malos, en suma, la imitación de Dios en la vida, o la realización del bien, de lo verdadero, de lo bello, sólo por obrar bien, no por interés de las consecuencias, ni por espera del premio, o temor del castigo.
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En Política, el filósofo respeta y obedece la constitución positiva de su pueblo, acepta leal y libremente sus consecuencias con puro sentido del bien público y mediante éste del bien humano en la constitución definitiva de la patria universal. Procura, sin embargo, al mismo tiempo concurrir por todos los medios legítimos, pacíficos y acertados y donde es llamado, al progreso, reforma o mejora de su constitución bajo el principio de la tolerancia en el todo y parcialmente en todas las esferas de la sociedad política, desde el Estado hasta la localidad; o el gobierno del país por el país; bajo el principio de la libertad del pensamiento, de la prensa, de la enseñanza, de asociación, de comercio, de industria; la inviolabilidad personal y de propiedad, en suma, la transformación gradual de las instituciones políticas para el desarrollo pacífico y en forma de derecho de todas las instituciones, fuerzas y fines sociales, apreciables por las leyes. Rechaza el privilegio, el monopolio, la arbitrariedad en el poder; condena la violencia, venga de donde quiera, porque toda reforma sólida y durable debe concertar con el estado contemporáneo social, y debe prepararse mediante la educación, instrucción y civilización del pueblo, y no por otros medios. Procura, pues, y concurre con voto, y consejo, y ejemplo, a universalizar la enseñanza, el amor a las virtudes públicas, la proporcionada distribución del trabajo y del goce, para mejorar el estado social, y mediante éste, el estado y leyes políticas, y condena y combate todo lo que contribuye a embotar la inteligencia, corromper el corazón, a enervar o esclavizar la voluntad, a comprimir el trabajo, a restringir la libertad pública y los derechos de las sociedades locales; en suma, a retardar, estacionar o torcer el movimiento natural progresivo de la inteligencia, la voluntad y las fuerzas materiales del pueblo.
La política es la acción legítima del Estado y de los ciudadanos llamados a regir la vida pública, para facilitar, ayudar y promover el progreso de la sociedad hacia su total destino, mediante leyes, fundadas, de un lado, en el estado presente de las instituciones; de otro, en el recto conocimiento de su estado ideal y venidero, esto es, sobre lo que existe y lo que debe ser; sobre el hecho y el derecho. Para llenar este fin, el Estado no debe ser turbado ni impedido en su acción por ningún interés preponderante exclusivo, parcial o excéntrico. Por lo tanto, rechazamos la intervención del poder eclesiástico, como autoridad, en los negocios públicos; como también rechazamos la intervención del poder civil fuera de los límites de su fin y medios propios, si comprime el movimiento libre de las fuerzas sociales según su naturaleza y su fin relativo. El Estado debe dejar a los esfuerzos individuales sociales todo lo que éstos puedan hacer por sí sin daño ni contra derecho público o privado. Rechazamos, por lo tanto, como injusta e invasora la pretensión del Estado a sujetar a su competencia e intervención toda la actividad social: la centralización como sistema de gobierno daña a la educación libre, gradual, progresiva de la sociedad y de las esferas particulares sociales en su vida interior.
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En la Sociedad, deseamos la organización de la sociedad en el todo y en todas sus partes como ideal y ley de su destino, y según las leyes de toda acción pública. La organización social no es el comunismo, que suprime la libertad individual, ni es el individualismo que desconoce toda dirección superior; admite y concierta ambos elementos extremos; consiste en la distribución de todas las formas sociales en esferas distintas, independientes unas de otras, y cada una con propia actividad, con una misión especial que cumplir, aunque ligadas entre sí y concurrentes a un mismo fin general, como funciones de un mismo organismo. Así como el hombre está organizado en el espíritu, y en el cuerpo, y en la relación de ambos; y así como las funciones de la vida humana se reparten entre órganos distintos, sin que ninguno quede aislado ni separado de los otros, así también, la sociedad es orgánica, cuando el trabajo de todos está repartido entre asociaciones diversas, cada una propia en sí y todos en concertada relación.
Hasta hoy, sólo dos esferas e instituciones sociales están organizadas en la Historia; la esfera religiosa, o la Iglesia (el cuerpo de los fieles), y la esfera política, o el Estado (el cuerpo de ciudadanos). La Iglesia está con razón emancipada en los más de los pueblos de la autoridad del Estado, y administra, como tal, libremente todos los asuntos que son de su competencia. El Estado, a su vez, es independiente de la intervención de la Iglesia. Pero la Iglesia y el Estado no son los únicos órganos del cuerpo social; la ciencia, el arte, la moral, la educación y enseñanza, la industria, el comercio y la agricultura son órganos igualmente necesarios y fundamentales de la sociabilidad humana, y deben recibir en un día una organización apropiada a su naturaleza y armonía con todos los demás órganos de la vida pública. Cada miembro de la sociedad puede pertenecer bajo diversos respectos a una o más de estas esferas y desenvolver compuestamente toda la riqueza de su naturaleza. El Estado, como el órgano del derecho, o de la justicia, es la esfera central que debe mantener la unidad y la armonía entre todos los órganos y direcciones de la actividad humana, sin intervenir en su gobierno interior, impidiendo la invasión de los unos en los otros, dejando a cada uno la libertad de sus movimientos, y prestando a todos, conforme a sus necesidades distintas y la particularidad de su fin, las condiciones necesarias para realizarlo.
La sociedad hecha para el hombre, como forma y manifestación libre de su naturaleza, debe organizarse bajo el plan de la naturaleza humana. Su fin es hacer posible y facilitar a todos sus miembros el cumplimiento de su destino individual y social como seres racionales; perfeccionándose en la originalidad y la armonía de todas sus aptitudes, fuerzas y tendencias. El hombre no puede cumplir ni vivir su destino sin el concurso de sus semejantes; recibe de todos ellos condiciones y las presta recíprocamente. Sólo mediante la asociación organizada para cada fin de la vida social, puede cada individuo llegar a la realización de su destino según el plan de la creación. Luego la sociedad no debe pesar sobre el hombre, sino facilitar su cultura humana. Todo hombre tiene derechos absolutos, imprescriptibles, que derivan de su propia naturaleza, y no de la voluntad, el interés o la convención de sus semejantes: los derechos a vivir, a educarse, a trabajar, a la libertad, a la igualdad, a la propiedad, a la sociabilidad. La sociedad puede y debe organizar estos derechos en el interés de todos, en favor de su coexistencia y de su cumplimiento; puede y debe castigar su infracción o violación para restablecer el derecho y la ley, y corregir la voluntad del culpable; pero no puede privar de estos derechos a nadie. Deberán, pues, ser abolidas las penas irreparables, y toda institución o estatuto contrario a la razón. La persona humana es sagrada y debe ser respetada como tal. El hombre que se hace árbitro de la vida y del destino de sus semejantes, comete un abuso de poder, y se arroga los derechos de Dios.
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En Historia, respetamos los hechos tales como han pasado. Debemos indagarlos, analizarlos en sí y en sus relaciones con imparcialidad, ya sean contrarios o favorables a nuestras convicciones. Miramos la tradición como una fuente de enseñanzas para las generaciones presentes, no como una norma de apreciación para las instituciones actuales, ni como una barrera infranqueable, que deba detener la marcha progresiva de las sociedades humanas. Aprobamos el bien, condenamos el mal, donde quiera que le encontremos, y esto absolutamente, sin excusar el mal por el bien que pueda haber traído, ni desaprobar el bien por el mal que se mezcle en él. Juzgamos los hombres y los hechos según las leyes eternas de la moral y de la justicia, sin preocuparnos por las influencias pasajeras que fascinan y tuercen la imaginación, sin entusiasmo, como sin vanas censuras hacia lo pasado, firmemente persuadidos de que si la humanidad es libre y puede momentáneamente errar y faltar, está sostenida por Dios, y sabrá, sin embargo de todos los estorbos, cumplir en tiempo y lugar dado, su destino sobre la tierra.
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En resumen:
  1. La primera condición de la ciencia es la independencia de la razón y el libre examen.
  2. La filosofía se apoya sobre la totalidad de las facultades del espíritu, y abraza todos los órdenes de la realidad.
  3. La religión se eleva a Dios por el espíritu y el corazón, en la plena libertad e intimidad de la conciencia.
  4. En política obedecemos la constitución con el sentido del desarrollo regular y pacífico de las libertades públicas, para la cultura intelectual y moral del pueblo.
  5. En sociabilidad queremos el progreso en todo y para todos, la mejora material y moral de todas las clases sociales, mediante el derecho de asociación y restringiendo la acción del estado en sus justos límites.
  6. En moral miramos el deber como una ley absoluta que obliga al hombre a hacer el bien por el bien, sin mirar a pena ni a premio, y a perfeccionarse en su naturaleza entera y en todas sus relaciones.
  7. En historia respetamos la verdad de los hechos, y los apreciamos según las reglas de la moral y del derecho, para que sirvan de enseñanza a las generaciones presentes, sin comprimir la marcha libre y progresiva de la sociedad.

[Comentario de Canalejas al final del texto: “Este programa escrito por Sanz del Río en 1857, basta para demostrar la severidad y la elevación de la doctrina que profesa y se afana por popularizar el ilustre catedrático de la Universidad de Madrid. Como es natural, sus esperanzas encuentran apasionada acogida en el corto círculo de sus discípulos. La libertad, en la meditación que el ilustre profesor aconseja, temeroso de que caigan los que le siguen en un estrecho sentido de escuela, provocará divergencias y variedades en el pensamiento filosófico, al compás que el trabajo intelectual sea cada vez más íntimo, en los que hoy siguen la dirección que él les marca y el impulso que reciben de su fecunda y enérgica actividad. Pero aún cuando esto pueda suceder, y es muy de esperar que suceda, el sentido general y la concepción orgánica de la ciencia enseñada por Sanz del Río, subsistirá en España, y bien puede profetizarse que sus lecciones dejarán una huella profunda en el pensamiento nacional, sino es que llegan a ser raíz viva y abundante manantial para los futuros progresos de la filosofía española, reservándola de los dos males del siglo, o sean, del criticismo que se convierte muy luego en escepticismo, y del materialismo cada vez más temible y amenazador” (164). Diciembre 1860]

Nota
[1] Comentario introductorio de Canalejas: “Existe muy arraigada la preocupación de que estas doctrinas de procedencia germánica se resisten a la fórmula breve y compendiosa, pero precisa que tanto deleita a nuestro pueblo. Sin discutir ahora, porque no es del caso, la mayor o menor facilidad con que entienden y aceptan las inteligencias españolas las enseñanzas propias de las escuelas alemanas, me cumple demostrar lo infundado de aquella preocupación transcribiendo los principios y las definiciones del racionalismo armónico que Sanz del Río formuló con la intención de popularizar los resultados de su constante meditación. Los principios y las definiciones son las siguientes. Creo que se publican hoy estas definiciones por primera vez”, p. 150.

[Fuente: Julián Sanz del Río. “Racionalismo armónico. Definiciones y principios” [1860]. Francisco de Paula Canalejas, Estudios críticos de filosofía, política y literatura. Madrid: Carlos Bailly-Bailliere, 1872. Pp. 150-164.]
Actualizado febrero de 2005
(fte: http://www.ensayistas.org/critica/generales/krausismo/textos/racionalismo.htm)

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